Terms of Service
Last Updated: October 8, 2026
Fecha de última actualización y entrada en vigor: 7 de octubre de 2026.
Entidad Operadora: AOS CODE, CORP., sociedad mercantil legalmente constituida bajo las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de América.
Nombre Comercial de la Plataforma: TUDUS.
DECLARACIONES INICIALES Y CONSENTIMIENTO ELECTRÓNICO
El presente instrumento constituye un acuerdo de voluntades vinculante, exigible y plenamente ejecutable entre cualquier persona física o moral que acceda, descargue, instale o utilice la aplicación móvil o plataforma tecnológica TUDUS (en lo sucesivo, el «Usuario», distinguiéndose entre «Usuario Cliente» y «Prestador Independiente»), y AOS CODE, CORP. (en lo sucesivo, «AOS CODE» o la «Compañía»).
El acceso, registro, pulsación del botón de aceptación («Acepto», «Continuar» o cualquier manifestación electrónica análoga) o el simple uso de la Plataforma constituye el consentimiento expreso e informado del Usuario en términos del Artículo 1803 del Código Civil Federal (CCF), los Artículos 80, 89, 89 bis y 93 del Código de Comercio (CCom) de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la Uniform Electronic Transactions Act (UETA) y la ley federal Electronic Signatures in Global and National Commerce Act (E-SIGN Act, 15 U.S.C. § 7001 et seq.) de los Estados Unidos de América. Si el Usuario no consiente de manera plena estas cláusulas, deberá abstenerse inmediatamente de utilizar la Plataforma y desinstalarla de sus dispositivos.
CLÁUSULA PRIMERA. DEFINICIONES
Para efectos del presente contrato, los términos en mayúscula tendrán el significado que se les atribuye a continuación:
- «Plataforma» o «TUDUS»: El software, código objeto, código fuente, interfaz gráfica, aplicaciones móviles (iOS / Android) y servicios web titularidad exclusiva de AOS CODE, CORP.
- «Usuario Cliente»: Persona física o moral que utiliza TUDUS para solicitar, cotizar y contratar servicios prestados por terceros independientes.
- «Prestador Independiente»: Profesional o técnico independiente debidamente verificado que oferta sus servicios de manera autónoma a través de la infraestructura de intermediación de TUDUS.
- «Comisión Mercantil de Cobranza»: El mandato comercial otorgado por el Prestador Independiente a AOS CODE para gestionar, percibir y dispersar el pago de sus honorarios en términos del Artículo 273 del Código de Comercio.
- «Procesador de Pagos»: Entidad tercera autorizada y certificada (ej. Stripe, Inc. / Stripe Payments Mexico, S. de R.L. de C.V.) encargada de la adquirencia, procesamiento seguro y enrutamiento bancario de fondos transaccionales.
- «Retención en Garantía (Escrow Transitorio)»: Mecanismo programático condicionado a la ejecución y satisfacción del servicio contratado, mediante el cual los fondos cobrados al Usuario Cliente no son dispersados al Prestador Independiente sino hasta la validación de cumplimiento o conclusión del periodo de reporte.
CLÁUSULA SEGUNDA. NATURALEZA DEL SERVICIO E INVARIANTE REGULATORIA (NO-IFPE Y CERO CAPTACIÓN BANCARIA)
- 2.1. Naturaleza de Intermediación Tecnológica: AOS CODE, CORP. es una empresa de tecnología y desarrollo de software. TUDUS opera única y exclusivamente como una plataforma tecnológica de contacto y enlace entre particulares independientes. AOS CODE no es una empresa de servicios generales, ni contratista, ni presta de manera directa los servicios ofertados en el catálogo de la aplicación.
- 2.2. Deslinde Expreso de Entidad Financiera (Ley Fintech / CNBV): AOS CODE, CORP. Y LA PLATAFORMA TUDUS NO CONSTITUYEN, NO OPERAN Y NO PRETENDEN OPERAR COMO UNA INSTITUCIÓN DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO (IFPE), NI COMO INSTITUCIÓN DE CRÉDITO, SOCIEDAD FINANCIERA POPULAR NI NINGUNA OTRA ENTIDAD FINANCIERA REGULADA POR LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES (CNBV), BANCO DE MÉXICO O EN TÉRMINOS DE LA LEY PARA REGULAR LAS INSTITUCIONES DE TECNOLOGÍA FINANCIERA («LEY FINTECH»).
- 2.3. Cero Captación de Pasivos, Billeteras Virtuales o Saldos a Favor: Queda terminantemente establecido que en TUDUS:
- No existen monederos virtuales, billeteras digitales ni cuentas de depósito.
- No se capta dinero del público ni se mantiene saldo acumulativo a favor del Usuario.
- No se admiten transferencias monetarias persona a persona (Peer-to-Peer o P2P) ajenas a una orden específica de servicio.
- No existen retiros libres de efectivo discrecionales. Todo movimiento dinerario corresponde estrictamente al pago de una contraprestación mercantil determinada previamente cotizada y contratada.
CLÁUSULA TERCERA. MODELO DE PAGO, MANDATO DE COBRANZA Y ESCROW TRANSITORIO
- 3.1. Mandato y Comisión Mercantil de Cobranza: En términos del Artículo 273 y correlativos del Código de Comercio, el Prestador Independiente confiere a favor de AOS CODE, CORP. una comisión mercantil irrevocable de cobranza por cuenta y orden de terceros, facultándola expresamente para gestionar, percibir y procesar el cobro de los honorarios derivados de los servicios prestados a los Usuarios Clientes. La liquidación de dichos cobros se efectúa de forma periódica y automática vía transferencia interbancaria (SPEI) directamente a la cuenta CLABE registrada por el Prestador Independiente, deduciendo la tarifa de intermediación de la Plataforma y las retenciones tributarias aplicables.
- 3.2. Retención en Garantía y Liberación de Fondos: Al confirmar una contratación, el importe total del servicio es cargado al método de pago provisto por el Usuario Cliente a través del Procesador de Pagos. Dichos fondos permanecen en tránsito en una cuenta de custodia técnica (Escrow transaccional) y serán liberados al Prestador Independiente exclusivamente cuando concurra alguna de las siguientes condiciones:
- Confirmación expresa de satisfacción por parte del Usuario Cliente en la Plataforma.
- Vencimiento del plazo de validación técnica sin que medie controversia, queja o reporte debidamente presentado.
- 3.3. Rendición de Cuentas: AOS CODE cumplirá con su deber legal de rendición de cuentas conforme al Artículo 298 del Código de Comercio, poniendo a disposición de las partes el desglose, comprobantes de procesamiento y estado de las liquidaciones.
CLÁUSULA CUARTA. CUMPLIMIENTO FISCAL Y RETENCIONES TRIBUTARIAS
- 4.1. Régimen de Plataformas Tecnológicas (México): En apego a los Artículos 113-A, 113-B y correlativos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y el Artículo 18-J de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), AOS CODE, a través de su infraestructura o de los terceros habilitados, efectuará la retención definitiva o provisional de ISR e IVA sobre los ingresos efectivamente percibidos por los Prestadores Independientes personas físicas residentes en México, expidiendo las constancias de retenciones y comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) correspondientes.
- 4.2. Responsabilidad Fiscal Individual: Cada Usuario y Prestador Independiente es individualmente responsable del cumplimiento de sus obligaciones tributarias de fondo, declaraciones anuales y regularidad fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
CLÁUSULA QUINTA. DESLINDE LABORAL ESTRICTO (LEY FEDERAL DEL TRABAJO)
- 5.1. Inexistencia de Relación de Trabajo: AOS CODE y los Prestadores Independientes reconocen expresamente que el presente contrato es de índole mercantil y civil. NO EXISTE, NI PODRÁ INTERPRETARSE QUE EXISTE, RELACIÓN LABORAL, SUBORDINACIÓN, DEPENDENCIA ECONÓMICA NI VÍNCULO PATRONAL alguno en términos de los Artículos 8, 10, 12, 13, 14 y 20 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
- 5.2. Autonomía Operativa de los Prestadores Independientes: Los Prestadores Independientes:
- Actúan con plena libertad de horario, métodos, herramientas e insumos propios.
- No forman parte de la plantilla laboral ni son empleados de AOS CODE.
- Perciben honorarios variables derivados de servicios efectivamente ejecutados y liquidados, sin que exista salario base ni prestaciones de previsión social.
- La desactivación o suspensión del acceso a la Plataforma por incumplimiento de directrices o políticas constituye una rescisión de un contrato mercantil de intermediación y en ningún caso un despido.
CLÁUSULA SEXTA. DESLINDE EN MATERIA DE SEGUROS Y CRÉDITO
- 6.1. No Intermediación de Seguros (Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas - LISF): Cualquier mecanismo de resolución amistosa, garantía de satisfacción o «Respaldo TUDUS» puesto a disposición de los Usuarios no constituye un seguro, póliza, fianza ni cobertura indemnizatoria regulada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF). Es un protocolo comercial interno de intermediación y soporte para dirimir inconformidades de servicio.
- 6.2. Ausencia de Crédito y Financiamiento: AOS CODE no otorga créditos, mutuos, préstamos dinerarios ni esquemas de financiamiento directo. La disponibilidad de pagos diferidos o facilidades en mensualidades obedece a promociones e infraestructuras operadas por las instituciones bancarias emisoras o por el Procesador de Pagos.
CLÁUSULA SÉPTIMA. POLÍTICA DE RETENCIÓN DE MENSAJES, BITÁCORAS Y VALOR PROBATORIO (NOM-151-SCFI-2016)
- 7.1. Historial Visible en Aplicación (PROFECO): En cumplimiento de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y los criterios de prescripción de reclamaciones (Artículo 114 LFPC), la interfaz de la aplicación móvil exhibirá a los Usuarios el historial transaccional de cobros y pagos de los últimos doce (12) meses.
- 7.2. Retención en Servidores y Soft Deletes: El Usuario reconoce y acepta que la eliminación visual de movimientos en la aplicación no implica la destrucción inmediata de la información en el sistema. Por mandato de orden público y leyes fiscales y comerciales aplicables, AOS CODE mantendrá bajo resguardo interno confidencial:
- Registros contables y transaccionales por un mínimo de cinco (5) años (Artículo 30 del Código Fiscal de la Federación).
- Correspondencia mercantil, contratos electrónicos y bitácoras de aceptación de términos por un periodo mínimo de diez (10) años (Artículos 46 y 49 del Código de Comercio).
- 7.3. Integridad y Conservación de Mensajes de Datos: A efecto de garantizar la inalterabilidad de los acuerdos y transacciones electrónicas, AOS CODE respaldará las confirmaciones y bitácoras de contratación mediante constancias de conservación de mensajes de datos certificadas por Prestadores de Servicios de Certificación acreditados, de conformidad con el Artículo 49 del Código de Comercio y la Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2016.
CLÁUSULA OCTAVA. PROCESO DE REGISTRO, KYC Y DELEGACIÓN BIOMÉTRICA
- 8.1. Verificación de Identidad (Know Your Customer - KYC): Para habilitar el cobro de honorarios y la prestación de servicios, el Usuario deberá acreditar su identidad fehacientemente.
- 8.2. Delegación Externa y Cero Resguardo Biométrico: Con el fin de salvaguardar los derechos de privacidad y mitigar riesgos cibernéticos, AOS CODE no captura, procesa ni almacena directamente en sus bases de datos identificaciones oficiales (ej. credencial de elector INE, pasaporte) ni datos biométricos (ej. escaneos faciales o selfies). La autenticación e identificación de identidad se delega íntegramente a proveedores tecnológicos especializados y certificados (tales como Stripe Identity). Los servidores de TUDUS únicamente reciben y almacenan el resultado determinativo (aprobado o rechazado), el identificador o folio de validación y la fecha de verificación.
CLÁUSULA NOVENA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR
Todo el software, arquitectura de código fuente y objeto, algoritmos, nombres de dominio, logotipos, diseños ornamentales, marcas («TUDUS») y elementos audiovisuales son propiedad exclusiva de AOS CODE, CORP., protegidos bajo la legislación de los Estados Unidos de América (marcas registradas ante la United States Patent and Trademark Office - USPTO, clases internacionales 9, 35, 36 y 42; y derechos de autor ante la U.S. Copyright Office), la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) de México, el Convenio de Berna y los tratados internacionales de la OMPI. Queda prohibida la ingeniería inversa, descompilación, reproducción no autorizada o copia total o parcial de la Plataforma.
CLÁUSULA DÉCIMA. MENORES DE EDAD Y PROTECCIÓN COPPA
La Plataforma está dirigida exclusivamente a personas con capacidad legal plena para obligarse contractualmente (mayores de 18 años en México o la mayoría de edad en la jurisdicción correspondiente). En cumplimiento de la Children's Online Privacy Protection Act (COPPA, 15 U.S.C. §§ 6501–6506) de los Estados Unidos y la legislación de protección a la infancia en México, TUDUS no recaba deliberadamente datos ni permite el registro de menores de 13 años. Toda cuenta detectada perteneciente a un menor de edad será eliminada de forma inmediata junto con sus registros correspondientes.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. ELIMINACIÓN DE CUENTA (LINEAMIENTOS APPLE DEVELOPER)
De estricta conformidad con la Sección 5.1.1(v) de los Lineamientos para Desarrolladores de Apple (App Store Review Guidelines), todo Usuario goza de la facultad incondicional de solicitar y ejecutar la eliminación completa de su cuenta y credenciales de acceso directamente desde el menú de configuración dentro de la aplicación de iOS. La eliminación de la cuenta deshabilitará el acceso inmediato a la Plataforma, sin menoscabo del deber legal de retención técnica en archivo muerto (Soft Delete) de las bitácoras transaccionales y fiscales por los plazos de ley estipulados en la Cláusula Séptima del presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. LÍMITE DE RESPONSABILIDAD Y EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS (CONSPICUOUS DISCLAIMER)
LA SIGUIENTE DISPOSICIÓN ES EXPRESA Y CONSPICUA EN TÉRMINOS DE LA SECCIÓN 5.1.1 DE LAS POLÍTICAS DE APPLE Y LA LEGISLACIÓN MERCANTIL TRANSFRONTERIZA APLICABLE:
- 12.1. PRESTACIÓN «TAL CUAL» («AS IS»): LA PLATAFORMA TUDUS SE PROPORCIONA «TAL CUAL» Y «SEGÚN DISPONIBILIDAD», SIN GARANTÍAS DE NINGÚN TIPO, YA SEAN EXPRESAS, IMPLÍCITAS, LEGALES O DERIVADAS DE LOS USOS COMERCIALES. AOS CODE, CORP. DESCONOCE EXPRESAMENTE CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR, CALIDAD DE LOS SERVICIOS EJECUTADOS POR LOS PRESTADORES INDEPENDIENTES, O NO VIOLACIÓN DE DERECHOS DE TERCEROS.
- 12.2. EXCLUSIÓN DE DAÑOS CONSECUENCIALES: EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LAS LEYES APLICABLES, EN NINGÚN CASO AOS CODE, CORP., SUS SUBSIDIARIAS, ACCIONISTAS, DIRECTORES, EMPLEADOS O AGENTES SERÁN RESPONSABLES ANTE EL USUARIO O TERCEROS POR DAÑOS DIRECTOS, INDIRECTOS, INCIDENTALES, ESPECIALES, PUNITIVOS, MORALES O CONSECUENCIALES DE NINGUNA ÍNDOLE, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, DAÑOS POR PÉRDIDA DE BENEFICIOS, PÉRDIDA DE DATOS, INTERRUPCIÓN DEL NEGOCIO, DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DEFECTUOSA DE UN SERVICIO POR PARTE DE UN PRESTADOR INDEPENDIENTE, LESIONES CORPORALES O INCUMPLIMIENTO DE CITAS, INCLUSO SI SE HABÍA ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS.
- 12.3. TOPE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD MONETARIA: EN CASO DE DETERMINARSE CUALQUIER RESPONSABILIDAD JUDICIAL O ARBITRAL A CARGO DE AOS CODE, CORP., LA RESPONSABILIDAD AGREGADA TOTAL DE LA COMPAÑÍA FRENTE A CUALQUIER USUARIO POR CUALQUIER RECLAMACIÓN DERIVADA DE ESTE CONTRATO O DEL USO DE LA PLATAFORMA ESTARÁ ESTRICTAMENTE LIMITADA A LA CANTIDAD EFECTIVAMENTE PERCIBIDA POR AOS CODE COMO COMISIÓN DIRECTA DE INTERMEDIACIÓN EN LA TRANSACCIÓN CONCRETA MOTIVO DE LA DISPUTA, O AL EQUIVALENTE A $100.00 USD (CIEN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), LA CANTIDAD QUE RESULTE MENOR.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. RESOLUCIÓN DE DISPUTAS Y CLÁUSULA COMPROMISORIA
- 13.1. Mediación Amigable Directa: Cualquier controversia entre Usuarios (Cliente y Prestador) respecto a la calidad o ejecución material del servicio deberá ser sometida en primera instancia a los mecanismos de conciliación de la Plataforma.
- 13.2. Cláusula Arbitral Transfronteriza: Toda controversia, reclamación o disputa legal que surja entre el Usuario y AOS CODE, CORP. derivada de la validez, interpretación, cumplimiento o resolución de los presentes Términos y Condiciones será resuelta de manera vinculante y definitiva mediante arbitraje comercial administrado por el Centro de Arbitraje de México (CAM) o la American Arbitration Association (AAA) conforme a sus respectivos reglamentos vigentes. La sede jurídica del arbitraje será la Ciudad de México para disputas acontecidas en territorio mexicano o Dover, Delaware, para disputas con consumidores internacionales. Las partes renuncian expresamente a cualquier fuero jurisdiccional ordinario que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. LEY APLICABLE Y SEPARABILIDAD
- 14.1. Ley Aplicable: Este instrumento se regirá e interpretará conforme a las leyes mercantiles de los Estados Unidos Mexicanos (Código de Comercio y Código Civil Federal en supletoriedad) en lo relativo a los actos de intermediación y cobranza realizados en territorio nacional, y bajo las leyes corporativas del Estado de Delaware, EE. UU., en lo referente al régimen orgánico y facultades corporativas de AOS CODE, CORP.
- 14.2. Separabilidad: Si cualquier disposición o párrafo de los presentes Términos fuera declarado nulo, inválido o inejecutable por un laudo arbitral o tribunal competente, las restantes disposiciones mantendrán su plena vigencia, validez y eficacia obligatoria.
AOS CODE, CORP.
Legal & Corporate Compliance